viernes, 5 de agosto de 2016

Comunicación IV


Publicaciones de: http://www.fuensantaocana.com/ (Continuación)

(...)

Directrices de las Naciones Unidas para una mediación eficaz. 22 de noviembre de 2012 (...)

Estas directrices se publicaron con el objetivo de reforzar la profesionalidad y credibilidad de las actividades de mediación en todo el mundo.

Cada controversia y conflicto es único y requiere un enfoque individualizado siendo necesario la existencia de unas buenas prácticas en que se basen todos los mediadores.

Aquí tienes el texto de las Directrices, que fue publicado como Anexo del Informe del Secretario General sobre el fortalecimiento de la función de mediación en el arreglo pacífico de controversias, la prevención de conflictos y su solución (A/66/811, 25 de junio 2012) .

UN Guidance for Effective Mediation Spanish

La importancia de la comunicación no verbal en mediación. 14 de noviembre de 2012 (...)

Tanto las palabras como las cualidades de los sonidos y todos los movimientos corporales que hacen las personas con las manos, la cabeza, los pies, expresiones faciales (la sonrisa, posición cejas, etc.) los ojos (parpadeo y mirada ) y la postura conforman la realidad del encuentro interactivo.

Las habilidades no verbales de las personas mediadoras están relacionadas con la eficacia y eficiencia en el tiempo de latencia en los intercambios de mirada, el contacto ocular, la sonrisa, los movimientos de cabeza, los movimientos adaptadores, el volumen de la voz y el tiempo de habla, todo ello de vital importancia para el éxito de la mediación.

*En la foto, Toni Riera, Fuensanta Ocaña y Carme Parés en una sesión simulada de mediación, grabada en el Laboratorio de la Universidad Autónoma de Barcelona, donde procedí a investigar y estudiar la comunicación no verbal, recoge el minuto 30:53 de la sesión. Todos los derechos reservados.

Técnicas de comunicación en mediación: la externalización. 18 de octubre de 2012 (...)

Esta técnica realmente es más que una técnica, dado que resulta un proceso mediante el cual se externaliza paso a paso el problema, sus características y / o sus consecuencias.

Partiendo de la idea de que las historias que construyen las personas son las que modelan y / o constituyen sus vidas y estas narraciones nunca suelen ser completas, sino que para realizarlas han dejado determinados aspectos y otros son destacados, con la externalización lo que se persigue es separar a las personas de este relatos dominantes, para que así puedan ubicar otros aspectos no tenidos en cuenta, buscando cuidadosamente como mediadores lo que se denomina “sucesos extraordinarios”.

Los sucesos extraordinarios pueden ser del presente, del pasado y del futuro. Para buscar en el futuro acontecimientos extraordinarios una buena pregunta sería: ¿Cómo cambiaría su vida si se solucionara el problema?

La mediación Hipotecaria.  7 de septiembre de 2012 (...)

Cataluña fue pionera en la creación y extensión de centros de mediación hipotecaria, en estos centros se informa y asesora a las personas y familias con dificultades para atender el pago de los prestamos hipotecarios y por tanto con el riesgo de perder su vivienda. En otras ciudades se ha extendido este tipo de centros que con distintas nombres actúan como intermediarios entre los ciudadanos y las entidades financieras, lo que sucede en la realidad es que a pesar de la legislación existente y de la denominación de “mediación” la decisión de cada conflicto queda en manos de la entidad financiera y que se ejecuta el derecho hipotecario.

En nuestro país existe un desequilibrio de poder entre el ciudadano y la entidad financiera, esta posee mucho poder, tanto que la decisión del conflicto queda en sus manos.

La mediación electrónica. 18 de septiembre de 2012 (...)

El Real Decreto-ley 5/2012 de Mediación en el ámbito Civil y Mercantil, prevé que las partes pueden acordar que todas o alguna de las sesiones de mediación, incluida la sesión inicial puedan realizarse por medios electrónicos, por videoconferencia u otros medios análogos de transmisión de la voz o la imagen, siempre que quede garantizada la identidad de quién interviene y el respeto a los principios de la mediación establecidos en la Ley.

Asimismo establece que cuando la mediación consista en una reclamación de cantidad que no exceda los 600 euros se desarrollará preferentemente por medios electrónicos, siempre que las partes tengan acceso a estos.

Realmente se plantean muchos interrogantes con la introducción de las nuevas tecnologías para mediar y la necesidad de cumplimiento de los principios establecidos por ley, sólo el paso del tiempo y la experiencia práctica en este campo despejará tales interrogantes y nos indicará como se acomoda el proceso de mediación y sus principios a la realidad tecnológica del siglo XXI.

Roger Fisher, Harvard y la mediación. 05 de septiembre de 2012 (...)

A finales de Agosto, falleció el profesor Roger Fisher, fundador del Programa de Negociación y Mediación de la Escuela de Derecho de la Universidad de Harvard y uno de los principales autores de mayor influencia en la literatura de la negociación y resolución de conflictos . El método de Harvard revolucionó la lectura de la negociación y resolución de conflictos al advertir que lo que realmente se intercambia en el proceso son los intereses, no las posiciones. El interés es lo que a cada persona le importa y le motiva, lo que guarda valor, normalmente una combinación de diferentes recursos para satisfacer un deseo. El interés se hace visible en la posición que defiende la persona, pero no significa que sea exactamente lo mismo, mas bien es lo que late debajo. Gracias Dr. Fisher por su inmesurable aportación a la mediación y a los procesos de paz.

Mediación y Plan de parentalidad. 31 de agosto de 2012 (...)

El plan de parentalidad es uno de los contenidos básicos a presentar en el proceso de divorcio, de separación o extinción de la pareja de hecho en Cataluña; la mediación como todos sabemos ayuda mucho a los progenitores en estos procesos, ya que se regulan aspectos básicos de la vida cotidiana de los hijos: salud, educación, ocio, régimen de estancias de los niños con el padre que no tiene la guarda y custodia, vacaciones, días especiales, tratamiento en caso de futuro cambio de domicilio etc. El Plan de Parentalidad es una novedad del Libro segundo del Código de Familia de Cataluña vigente desde enero de 2011, en Australia y los EEUU es un instrumento totalmente consolidado.

Darwin y la comunicación no verbal. 18 de julio de 2012 (...)

Como todos sabemos para Charles Darwin el hombre era una especie más dentro del reino animal, lo que quizá no sabemos es que también postulaba que la expresión de las emociones es universal en todos los seres humanos, que todos tenemos emociones semejantes y las reconocemos en los demás.

Descubrir a Darwin como el primer investigador en comunicación no verbal fue para mí una grata sorpresa al iniciarme en mis estudios sobre comunicación no verbal en mediación, en la imagen se observa una de las ilustraciones que acompañaba a su obra “La expresión de las emociones en el hombre y en los animales” (1872) cuya lectura os recomiendo por amena e introductoria a los orígenes de la investigación sobre comunicación no verbal.

El mediador del Parlamento Europeo para casos de sustracción internacional de menores por sus progenitores.
17 de julio de 2012 (...)

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea establece que los menores tienen derecho a mantener de forma periódica relaciones personales y contactos directos con su padre y con su madre, salvo si son contrarios a sus intereses.

Dado el número de parejas y matrimonios binacionales que crece constantemente en la UE y la casuística de que con frecuencia si los padres se han separado el progenitor que no tiene la custodia sustrae o retiene a los hijos sin permiso del otro progenitor, se creó en el Parlamento Europeo la figura del mediador para casos de sustracción internacional de menores por sus progenitores.

El objetivo del mediador y del proceso de mediación es ayudar a los padres a encontrar la mejor solución para el bienestar de los hijos, llegando a un acuerdo aceptado y firmado que podrá presentarse y formalizarse ante los tribunales de los países respectivos.

http://www.europarl.europa.eu/aboutparliament/es/000c205a13/Child-abduction-mediator.html

¿Que es reformular en mediación?. 10 de julio de 2012 (...)

Es una técnica que se utiliza constantemente y que tiene gran poder para producir cambios en el proceso reflexivo ya que implica dar una nueva formulación, diferente de la que ha dado una de las personas o ambas.

Con la nueva formulación se posibilita la continuación del diálogo, ya que se vuelve a repetir la información expuesta, pero de forma organizada y objetiva permitiendo descubrir a las personas aspectos que hasta ese momento no habían prestado atención.

Al realizar esta técnica es necesario observar de forma permanente el feedback, o sea las retroacciones que la reformulación ha producido en todas las personas, para seguir adelante o en otro caso abandonar inmediatamente la reformulación propuesta.

¿Qué es la connotación positiva en mediación?. 31 de mayo de 2012 (...)

La connotación positiva es una técnica de comunicación en mediación, mas compleja que la reformulación, ya que el objetivo de la misma no es trasladar una información objetivada, sino dar un significado positivo a una información negativa dada por una de las personas mediadas.

Esta técnica se utiliza cuando las personas realizan comentarios que comportan infravaloración de algún elemento del conflicto: hechos, características, intenciones, etc.

Con la connotación positiva se persigue dar un significado positivo a una declaración o hecho presentado de forma negativa, normalmente es más fácil connotar positivamente una acción intentando comprender las intenciones que han llevado a su realización y remarcar la intención positiva de estas.

El objetivo de la técnica es reducir actitudes y sentimientos negativos que afectarían a la marcha del proceso de mediación, transformando esas actitudes y sentimientos negativos por claridad, confianza y control de la situación.

¿Que son las preguntas circulares en mediación?. 15 de mayo de 2012 (...)

Las preguntas circulares en mediación, consisten en preguntar a una persona como observa que se relacionan otras dos con el objetivo de descubrir la conexión existente entre el problema y la relación personal; este tipo de preguntas también pueden ser utilizadas para crear circularidad en el tiempo, como por ejemplo se puede preguntar “¿Qué pasó antes de …?” “¿Qué crees pasará después de …?”

Las preguntas circulares en el proceso de mediación tienen principalmente dos objetivos: obtener datos y recontextualizar. La utilización de las preguntas circulares puede ser más fácil en reuniones privadas que en las públicas, o sea, aquellas en las que participan todas las personas de la mediación.

Como mediadores hemos de tener en cuenta que aplicada la circularidad deberemos estar muy atentos a las retroacciones de las personas, declaraciones y/o acciones y conductas que aparezcan después de realizar la pregunta.

El Ministerio de Justicia regulará la formación del mediador en la resolución de conflictos. 11 de mayo de 2012 (...)

El Ministerio de Justicia regulará la formación académica que se exija a las personas que actúen como mediadores en la resolución de conflictos.

El ministro Alberto Ruiz-Gallardón afirmó en la inauguración de la Fundación Notarial Signum, creada por el Colegio Notarial de Madrid para la resolución alternativa de conflictos, que se regulará la formación necesaria para los mediadores.

El hecho de regular la formación de las personas mediadoras está contemplado en el Real Decreto-ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que impulsa la solución de casos de forma alternativa a la justicia ordinaria y del que ya os hablé en el post de fecha 21 de marzo .

En relación a la persona mediadora este Real Decreto dice que se exigirá una formación específica para poder ejercer, y que esta formación ha de proporcionar a los mediadores los necesarios conocimientos jurídicos, psicológicos, de técnicas de comunicación, de resolución de conflictos y negociación, así como de ética de la mediación, tanto a nivel teórico como práctico.

Es importante consolidar la mediación y ello incluye regular la formación del mediador para agilizar el tráfico jurídico y dotar de más eficiencia al sistema judicial.

La mirada de las personas en mediación. 20 de abril de 2012 (...)

La mirada se refiere a la conducta relativa a la forma de ver que tiene un individuo, mientras que la mirada recíproca se refiere a una situación en la que dos interlocutores se observan uno al otro, generalmente centrados en la cara, en este artículo nos referimos a la mirada recíproca. La falta de orientación de la mirada puede significar en el contexto del proceso de mediación desconexión, distanciamiento y/o actividad interna de las personas participantes. La mirada intensa señala que los canales de comunicación están abiertos y que existe la obligación de comunicarse . No miramos de forma fija a nuestro interlocutor durante todo el tiempo que dura la conversación ni desviamos la mirada todo el tiempo. Existen unas pautas normales de mirada en función de los participantes, el tema y las pautas visuales del otro interlocutor. Se pueden distinguir cuatro funciones de la mirada: a) regulación de la corriente de comunicación: las personas tienen tendencia a retirar la mirada cuando tienen dificultades de codificación. b) Retroalimentación para control de las reacciones del interlocutor, para indicar las conclusiones de pensamiento y para verificar la atención y las reacciones del mismo. (También turno de palabra, etc.) c) Expresión de las emociones. d) Comunicación de la naturaleza de la relación interpersonal. El grado de implicación de la excitación puede señalarse a través de la mirada. Como mediadores debemos saber distinguir e interpretar estas funciones de la mirada, como ejemplo la imagen que presento donde se observa claramente que las personas objeto de mediación están poco receptivas a la comunicación, la falta de orientación de su mirada significa desconexión y distanciamiento, por ello en estos momentos la persona mediadora debe regular la corriente de su mirada hacia ambos, efectuar un contacto ocular en el sentido de mirada control para ir consolidando poco a poco la relación mediadora y efectuar la conexión con la situación.

*En la foto, Toni Riera, Fuensanta Ocaña y Carme Parés en una sesión simulada de Mediación, grabada en el Laboratorio de la Universidad Autónoma de Barcelona, recoge el minuto 14:14 de la sesión. Todos los derechos reservados.

La comunicación en mediación. 11 de abril de 2012 (...)

El proceso de mediación es un proceso voluntario de resolución de conflictos en el que interviene un tercero imparcial. Una de las tareas principales del mediador consiste en introducir características especiales para modificar un enfoque basado en la confrontación con el objetivo de que las personas lleguen a unos acuerdos mediante un proceso en el que se reorienta la forma de ver el conflicto y se buscan las diferentes opciones para su resolución.

Desde un punto de vista comunicativo, el proceso de mediación es un proceso definido legalmente y que implica una serie de pasos que incluyen el acto de reunir a las personas para que conozcan al mediador y las reglas que rigen la mediación, de forma que entiendan el papel del mediador y en qué consiste la mediación, para así aceptar participar o no.

La disposición de las personas a que un tercero intervenga en su “problema” y los ayude a alcanzar un acuerdo no significa que de entrada el mediador sea bien acogido, ni que la firma del documento de aceptación de la mediación implique su admisión; si partimos de esta premisa, es decir, que la intervención mediadora se incorpora a una relación ya existente entre dos o más personas, y que esta intervención y la emergencia de la relación del mediador con ellas es la que puede modificar la dinámica de la relación, es evidente que un aspecto trascendental a desarrollar por la persona mediadora son sus habilidades comunicativas verbales y no verbales.

Cuando hablo de habilidad verbal y no verbal en el contexto del proceso de mediación quiero decir: efectividad en la gestión de acciones comunicativas y en descodificar la conducta no verbal de las personas objeto de mediación, recibir e interpretar las señales producidas para llevar a cabo el objetivo de nuestro rol con criterios de eficacia y eficiencia, estas habilidades son nuestro semáforo en la ruta del proceso de la mediación.

Grabación y análisis de la comunicación en sesiones de mediación. 30 de marzo de 2012 (...)

El grado de eficacia de la intervención mediadora tiene que ver con las habilidades de comunicación tácita que se han desarrollado en la práctica cotidiana, por lo tanto un paso muy importante para optimizar las herramientas y habilidades comunicativas de las personas mediadoras es la grabación y análisis de sesiones informativas y las sesiones de un proceso completo de mediación para analizar los movimientos comunicativos más eficientes.

La conversación en el contexto de la mediación es una especie de causalidad circular que conforma el conjunto de acciones comunicativas de las personas involucradas. Esta circularidad contiene el conjunto de las acciones comunicativas producidas de una manera empíricamente registrable y reutilizable a partir de los registros y los visionados de las acciones realizadas.

En esta investigación que presentamos el pasado dia 6 de marzo y que iré compartiendo con todos vosotros a través de este blog, hemos aplicado la observación sistemática de acuerdo con las reglas y las técnicas habitualmente utilizadas en los estudios de interacción comunicativa (Anguera e Izquierdo, 2006) y se ha utilizado la metodologia cualitativa.

Esta forma de proceder, permite un proceso recursivo de incremento del conocimiento sobre las herramientas comunicativas y la posibilidad de explotación en la mejora de la formación y supervisión de casos.

Video: Jornada mediació: La comunicació gestual en les sessions de mediación

La conexión de los canales de comunicación en mediación. 19 de febrero de 2012 (...)

En el contexto de la mediación la existencia del conflicto entre las personas provoca la ruptura del flujo comunicacional, es por ello que uno de los objetivos de la persona mediadora es conectar los canales de comunicación para articular aquello que en principio parecería abocado a la ruptura.

Es de vital importancia para la consecución de este objetivo la construcción de la relación intersubjetiva entre la persona mediadora y los participantes, y entre estos y aquella, ya que la construcción de tal relación será la clave que hará posible el inicio de la conexión de los canales de comunicación. Para este fin juega un papel muy importante la comunicación no verbal como generadora de lazos y estabilidad.

En la imagen puede observarse un ejemplo de lo dicho, las personas que participan en la mediación estan poco receptivas a la comunicación, la posición del cuerpo podríamos decir que está cerrada, las manos recogidas y su mirada hacia abajo, la mediadora intenta conectar y abrir a las personas al flujo comunicacional, con su mirada, las manos y posición del cuerpo.

*En la foto, Toni Riera, Fuensanta Ocaña y Carme Parés en una sesión simulada de mediación, grabada en el Laboratorio de la Universidad Autónoma de Barcelona, recoge el minuto 09:27 de la sesión.

Visite: http://www.fuensantaocana.com/category/mediacion-2/mediacion-comunicacion/ (4 páginas en total)